El Tribunal Constitucional ha inadmitido el recurso de amparo presentado por el Ayuntamiento de Benidorm con el que pretendía evitar el pago de una indemnización superior a 350 millones de euros a los propietarios de los terrenos del APR-7 de Serra Gelada.Según una providencia de fecha 8 de enero de 2026, adelantada por Radio Benidorm (Cadena SER) a la que ha tenido acceso EL PAÍS, la Sección Cuarta de la Sala Segunda del alto tribunal rechaza la admisión a trámite del recurso al no apreciar en él la “especial trascendencia constitucional” exigida por la ley como requisito para su estudio.La resolución señala además que las actuaciones serán archivadas “sin más trámite” si el Ministerio Fiscal no interpone recurso de súplica, para lo que dispone de un plazo legal de tres días.Con esta decisión, el Ayuntamiento de Benidorm regresa al punto inicial del procedimiento y queda obligado a afrontar una sentencia firme que le condena a abonar más de 350 millones de euros a las mercantiles Murcia Puchades Expansión SL y Urbana Villajoyosa 2000 SL. La indemnización corresponde a unos terrenos situados en el Parque Natural de Serra Gelada cuya edificabilidad fue anulada tras la declaración de protección ambiental.La cuantía de la condena, que supera con creces el doble del presupuesto anual municipal, compromete gravemente la estabilidad financiera del consistorio.El conflicto tiene su origen en el año 2003, cuando el Ayuntamiento, entonces gobernado por Vicente Pérez Devesa, firmó un convenio con los propietarios del sector APR-7 para trasladar el aprovechamiento urbanístico de esas parcelas a otros ámbitos del municipio.En 2005, con la aprobación del Plan de Ordenación de los Recursos Naturales (PORN) de Serra Gelada, los terrenos quedaron afectados por la declaración de Parque Natural. No obstante, los convenios continuaron vigentes y fueron prorrogados por distintas corporaciones municipales en 2010 y 2013.En 2015, ante el incumplimiento de los acuerdos, los propietarios tasaron los terrenos en 280 millones de euros y reclamaron su compensación, ya fuera en metálico o mediante otros aprovechamientos. Tres años después, en 2018, presentaron una reclamación judicial. En primera instancia, el fallo fue favorable al Ayuntamiento, pero los propietarios recurrieron ante el Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana (TSJCV), que estimó sus pretensiones.El TSJCV concluyó que el consistorio había asumido compromisos válidos que no fueron cumplidos y fijó la compensación en 283 millones de euros, más intereses. El Tribunal Supremo inadmitió en 2024 el recurso del Ayuntamiento, lo que confirmó la sentencia y dejó firme la indemnización.Tras esa decisión, el consistorio benidormense acudió al Tribunal Constitucional mediante un recurso de amparo y solicitó la suspensión de la ejecución de la sentencia mientras se resolvía dicho recurso, que finalmente ha sido rechazado.El Ayuntamiento, actualmente presidido por Toni Pérez, defiende que los convenios son nulos de pleno derecho al considerar que no se produjo la cesión de terrenos ni se cumplieron los requisitos urbanísticos previos. En paralelo, ha impulsado varios procedimientos judiciales para impugnar la validez de los acuerdos y tratar de anular la responsabilidad patrimonial, una vía que aún no se ha cerrado.En uno de esos procedimientos, también con un fallo contrario al Ayuntamiento y notificado ayer, la Sección Primera de la Sala de lo Contencioso-Administrativo del TSJCV declara “válidos” y “eficaces” los convenios urbanísticos de Serra Gelada y revoca la sentencia del Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Alicante, que había avalado la actuación municipal. Esta resolución no es firme y puede ser recurrida en un plazo de 30 días naturales.

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