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La primera ronda deliberatoria de la reforma pensional quedó en empate. La Sala Plena de la Corte Constitucional decidirá el futuro de esta ley, proyecto bandera del presidente Gustavo Petro, mediante el conjuez Carlos Pablo Márquez tras la aprobación de la recusación contra el magistrado Héctor Carvajal.En la Sala Plena de este lunes 24 de noviembre, presidida por Paola Meneses, la magistratura aprobó la ponencia del magistrado Jorge Enrique Ibáñez que pedía apartar del debate de la reforma pensional al magistrado Carvajal, quien el año pasado, antes de llegar al alto tribunal, asesoró jurídicamente a Colpensiones sobre la norma.La Corte Constitucional empató en esta sesión deliberativa sobre el futuro de la reforma pensional. Foto:Archivo particular“La causal ‘haber conceptuado sobre la constitucionalidad de la disposición acusada’ prevé como impedimento que un magistrado se haya pronunciado sobre la materia objeto de debate y busca evitar que quien ya haya fijado posición sobre la norma, dentro o fuera del proceso, termine resolviéndola, de manera que se garantice su imparcialidad”, expuso la senadora Paloma Valencia, autora de la demanda que estudia la Sala, en la recusación que prosperó.Sin su voto, las fuerzas en esta instancia quedaron mucho más apretadas. De un lado estaban el presidente de la Corte, Jorge Enrique Ibáñez, autor de la ponencia que busca tumbar la ley; las magistradas Paola Meneses y Lina Marcela Escobar —quienes han votado de forma desfavorable varios proyectos del Gobierno—; y el magistrado Carlos Camargo, que estrenó su voto en una decisión de fondo sobre un proyecto de alto calibre para el Ejecutivo.En la otra orilla se ubicaban los magistrados Miguel Polo, Vladimir Fernández, Juan Carlos Cortés y Natalia Ángel, quienes han tomado decisiones más afines a la línea oficialista. Y así quedó la foto del empate, según fuentes del alto tribunal, con algunos matices en las posturas. Por ejemplo, la inexequibilidad parcial.De cara a este resultado, fue llamado el conjuez Carlos Pablo Márquez para reemplazar el voto del magistrado Carvajal, lo que, en la práctica, dejaría el futuro de esta ley en sus manos.Márquez Escobar es abogado javeriano, tiene un maestría de la Escuela de Derecho de Harvard y un doctorado en Derecho de la Competencia de la Universidad de Oxford.Según su perfil en la Cámara de Comercio de Bogotá, fue director y comisionado de la Comisión de Regulación de Comunicaciones durante el gobierno del presidente Juan Manuel Santos, entre octubre de 2012 y febrero de 2015. En ese mismo periodo también fue superintendente para la Protección de la Competencia (2010-2012).Entre 2006 y 2008 fue asesor del ministro del Interior y del ministro de Justicia, durante el gobierno del entonces presidente Álvaro Uribe Vélez.Antes de su paso por el sector público asesoró a empresas del sector privado, especialmente en áreas como telecomunicaciones, tecnologías de la información, agricultura, minería, salud, comercio y energía, entre otras.También ha sido profesor universitario por más de 15 años y conferencista en universidades como Columbia, Harvard y Oxford, así como en organismos internacionales como la OCDE, la UNCTAD y la UIT.Sanción de la reforma pensional en la plaza de Bolívar Foto:PresidenciaEl jurista votará la ponencia del magistrado Ibáñez, que pide tumbar la norma porque considera que no fueron subsanados los vicios de trámite por los cuales, el 17 de junio pasado, el alto tribunal decidió darle una segunda oportunidad y devolverla al Congreso para corregirlos.El Gobierno citó a sesiones extraordinarias para los días 27 y 28 de junio, en las que la Cámara de Representantes aprobó por segunda vez la reforma, tras acoger en su totalidad el texto del Senado.Para Ibáñez, desde la misma convocatoria y a lo largo de todo el trámite legislativo de la norma hubo una seguidilla de errores en la aplicación de la Ley Quinta. Entre ellos, la falta de quórum decisorio para aprobar el orden del día y, lo que calificó como un problema de fondo, la reiteración del vicio en la debida deliberación al limitarse la Cámara a aprobar el texto del Senado sin debatir el articulado.“El Auto 841 no se limitó a ordenar la realización de un acto procesal puntual, como someter nuevamente a votación una proposición. La orden tuvo un alcance mucho más amplio y complejo, como se desprende claramente tanto de su parte resolutiva como de sus consideraciones. En el numeral segundo de la parte resolutiva se ordenó someter ‘de nuevo a discusión y votación’ la proposición sustitutiva. Pero en la parte motiva, donde se explica el fundamento y alcance de la decisión, esta Corte fue mucho más específica sobre lo que se requería para subsanar el vicio”, se lee en la ponencia.Este diario conoció que a la ponencia de Ibáñez, para la discusión de este lunes, le habrían sido agregadas arandelas, como las acusaciones contra los expresidentes del Congreso Iván Name y Andrés Calle –hoy en la cárcel por su presunta participación en el saqueo a la Unidad Nacional para la Gestión del Riesgo de Desastres–, en las que la Corte Suprema señaló que las coimas que recibieron de altos funcionarios del Gobierno habrían servido para aceitar el trámite de las reformas del Presidente.Acusación contra Daniel Quintero por el caso Aguas Vivas Foto:Sara Valentina Quevedo DelgadoRedacción Justicia
